El Colegio Oficial de Graduados Sociales de Gipuzkoa ha puesto en marcha las Oficinas Puntos de Información Socio-Laboral y Atención a la Ciudadanía. En estas oficinas se prestará un servicio de información en materia socio-laboral de manera gratuita .
Este Servicio, se prestará con las máximas garantías de calidad, en su fase consultiva, siendo decisión de cada ciudadano/a o entidad la contratación del profesional Graduado Social ejerciente que estimen pertinente, para que, una vez superada la fase consultiva-informativa, realicen la gestión técnica, tramitación y defensa de sus intereses.
La función a desarrollar será la de informar y orientar a los ciudadanos/as que lo soliciten, previamente, sobre temas de carácter Laboral y de Seguridad Social. No se podrán realizar acciones judiciales o extrajudiciales, siendo su labor exclusiva de información y orientación, facilitando a los/las ciudadanos los centros administrativos donde podrán presentar la documentación necesaria y podrán facilitarles los documentos o solicitudes pertinentes, contando para ello con los medios técnicos e informáticos necesarios, pero no podrán rellenarlos o presentarlos, no se realizará ningún tipo de cálculo.
El Servicio de Información Sociolaboral y de Atención a la Ciudadanía asistirá gratuitamente en la confección de demandas de conciliación, escritos de denuncia ante la inspección de trabajo y seguridad social, formulación de las reclamaciones previas ante las entidades gestoras y organismos autónomos de la Seguridad Social, y resolverá consultas relacionadas con la normativa laboral.
Los profesionales colegiados voluntarios prestarán el servicio en horario de mañana de 09:00 a 13:30, con un máximo de 30 minutos por solicitante, en el Palacio de Justicia en la Plaza Teresa de Calcuta nº1, en el despacho habilitado a tal efecto en la dependencia que el Colegio dispone en la planta baja del edificio.
Para recibir la orientación será necesario solicitar cita previa por correo electrónico gipuzkoa@graduadosocial.com o por teléfono 943 467 908.
Quedarán excluidos como beneficiarios del servicio los sindicatos, los despachos profesionales y las empresas dedicadas al asesoramiento jurídico – laboral y personas afiliadas a un sindicato.